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Sede Electrónica del Ayuntameinto de Teverga



Aportación de documentación y/o alegaciones a un expediente



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formulariosNivel de Modernización 3. Iniciación electrónica

Nivel de Modernización 3. Iniciación electrónica

Información
Periodicidad Continuo.

Tipo de tramitación Procedimiento.

Tipología de la tramitación Externo común.

Descripción Acto de trámite que consiste en la aportación de documentación y/o alegaciones a un expediente ya abierto, bien por iniciativa de la persona interesada o como respuesta a un requerimiento previo del Ayuntamiento.

Destinatarios/as Ciudadanía, Empresas, Administraciones.

Forma de inicio Instancia de parte.

Sujeto La persona interesada en el procedimiento o su representante legal.

Plazo de presentación Para la subsanación de documentación, como regla general el plazo de presentación será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la notificación del requerimiento de subsanación de la solicitud, sin perjuicio de los plazos concretos asignados por la legislación específica.
En el resto de los casos los interesados podrán aducir alegaciones y aportar documentos u otros elementos de juicio en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia.


Lugar de presentación - En el registro electrónico del Ayuntamiento, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
- Presencialmente, cualquiera de las Oficinas de asistencia en materia de Registro.


Tributos Acto gratuito.

Administración Local.

Órgano Gestor Una vez realizado el asiendo desde registro general se procederá a dar traslado al órgano gestor del procedimiento que se esté tramitando.

Plazo máximo de resolución y notificación Al tratarse de un acto de trámite no está sujeto a plazo.

Efectos del silencio administrativo El establecido en el procedimiento al que se vincule.

Práctica de notificaciones Las notificaciones de las peticiones realizadas a través de medios electrónicos se remitirán al buzón de notificaciones situado en la sede electrónica.
En el caso de no dar la autorización y dado que es un proceso dirigido a personas físicas se realizará a través de carta postal.


Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Solicitud: presencial o a través de formulario web. Obligatorio Ambas
Otra: Aquella documentación que se desee aportar al expediente.

Opcional Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Normativa
L 39/2015 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
L 39/2015
L 7/1985 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
LO 4/2001 Ley orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.
Ordenanzas Ordenanzas fiscales municipales vigentes.
Real Decreto 203/2021 Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
LOPDGDD Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (Deroga la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal).
RGPD Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la Protección de las Personas Físicas en lo que respeta al tratamiento de datos de datos personales y a a libre circulación de estos datos.
Otra Aquella otra normativa que resulte de aplicación a la materia de la que se trate.

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